D E C I S I O N
 
	En mérito de las anteriores consideraciones, este Juzgado de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, Administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley, por la competencia establecida en el Artículo 177 parágrafo cuarto Literal “c “ y “e” de la Ley Orgánica Para la Protección del Niño y del Adolescente correlativamente con lo establecido en el artículo 315, 358, 359, 385, 386 y 387 ejusdem, HOMOLOGA el acuerdo suscrito por los ciudadanos MILEIDY LEANGELLY CORDERO CORDERO y JOSE VALERIO ROJAS GARCIA, plenamente identificados en autos. Seguidamente, se ordena  que se tenga el acuerdo homologado como Sentencia Firme, haciendo saber a las partes de la presente causa  que el preindicado acuerdo puede ser modificado posteriormente según las necesidades de la beneficiaria. En consecuencia:      
 
PRIMERO: la madre, ciudadana MILEIDY LEANGELLY CORDERO CORDERO, le cede la custodia de la niña IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON EL ARTICULO 65 DE LA LEY ORGANICA PARA LA PROTECCION DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES, a su padre JOSE VALERIO ROJAS GARCIA.
 
SEGUNDO: se establece Régimen de Convivencia Familiar, para el disfrute entre la madre y la niña, todos los fines de semana, retirándola la madre en el hogar paterno el día sábado en horas de la mañana y reintegrándola el día domingo a finales de la tarde, pernoctando la niña en el hogar de la madre.
 
TERCERO: En el mes de diciembre, los días 24 y 25  lo compartirá con la madre y el 31 y 01 de enero con el padre, y alternando en años sucesivos, comenzando a partir del año 2013.
 
CUARTO: En  Semana Santa la niña compartirá con su madre y los días de Carnaval, los pasará con el padre, y alternando en años sucesivos.
 
QUINTO: respecto al cumpleaños de la niña y el cumpleaños de los padres, los  mismos lo establecerán de común acuerdo y previa comunicación entre ellos.”
 
Expídase por secretaria las copias certificadas que las partes soliciten.
 
Regístrese y publíquese.
 
Dada, firmada y sellada en el Tribunal Primero de Primera Instancia en Funciones de Juicio del Circuito de Protección del Niño, Niña y Adolescente de la Circunscripción Judicial del estado Lara, en Barquisimeto a los Doce (12) días del mes de Diciembre del año dos mil Doce (2012). Año 201º y 153º.
 
LA JUEZ  PRIMERA DE  PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO
 
 
 
Abg. MARY JULIE PULGAR QUINTERO
 
LA SECRETARIA,
 
 
Abg. Joannellys Lecuna Núñez
 
   En esta misma fecha se registró y se publicó en esta misma fecha bajo el Nº 557 -2012 siendo las  12:30 m. 
 
LA SECRETARIA,
 
 
Abg. Joannellys Lecuna Núñez
 
 
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