REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIÓN DE JUICIO CON COMPETENCIA DE DELITOS DE VIOLENCIA CONTRA LA MUJER

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Circuito Judicial con Competencia en DVM Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Juicio del Edo. Lara
Barquisimeto, 6 de Diciembre de 2012
202º y 153º

ASUNTO PRINCIPAL : KP01-O-2012-000111
ASUNTO : KP01-O-2012-000111


AUTO MOTIVADO DE DECLINATORIA DE COMPETENCIA DE CONFORMIDAD CON EL ARTÍCULO 77 DEL CÓDIGO ORGÁNICO PROCESAL PENAL :

Vistas las actuaciones procedentes de la Unidad de Recepcion y Distribución de Documentos del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, correspondientes a la acción de AMPARO CONSTITUCIONAL, solicitada por el ciudadano Taydee Enrique Vegas Escobar, portadora de la Cédula de identidad No. V-(…) Abogado en ejercicio inscrito en el instituto de previsión Social del Abogado bajo (…); con domicilio procesal en la carrera 18 entre calles 24 y 25, Edificio Torre Central, (Funda Comun), piso 5, oficina 5H, telefono 0414-5213881, en nombre y representación de la ciudadana Liliana del Carmen Gil Linares, domiciliada en la (…) conforme a lo dispuesto en artículo 2 de la Ley Orgánica sobre Derechos y Garantías Constitucionales:Al respecto esta juzgadora observa:

ANTECEDENTES DEL CASO:
En fecha 15 de Noviembre de 2012, se recibe asunto de solicitud de AMPARO CONSTITUCIONAL, por el ciudadano Taydee Enrique Vegas Escobar, portador de la Cédula de identidad No. V (:…) Abogado en ejercicio inscrito en el instituto de previsión Social del Abogado bajo el No-161.551; con domicilio procesal en la carrera 18 entre calles 24 y 25, Edificio Torre Central, (Funda Común), piso 5, oficina 5H, telefono 0414-5213881, en nombre y representación de la ciudadana Liliana del Carmen Gil Linares, domiciliada en (…); Estado Lara. En fecha 16 de Noviembre de 2012, se ordena la subsanación en sentido de que acreditara la representación que aducía, así como también definir quien es el recurrido o los recurridos; en fecha 04 de Diciembre de 2012, es subsanada la causa en sentido de acreditar su carácter de apoderado y así mismo determina el quejoso que interpone Acción de Amparo, “en contra de la Jueza del tribunal de Violencia contra la mujer con funciones de Control No. 2 de la Circunscripción Judicial Penal del Estado Lara, Nathaly Gonzalez y la Fiscal Sexta del Estado Lara, Sherllys Mirangela Sosa de Garcia, quienes la primera por Denegación de Justicia, obstaculización de justicia, e incluso por dilatar el proceso, negando la aplicación de la el(sic) derecho subjetivo y adjetivo … (…omisis…)” . -

DEL DERECHO CONCULCADO
El quejoso interpone Acción de Amparo, “en contra de la Jueza del tribunal de Violencia contra la mujer con funciones de Control No. 2 de la Circunscripción Judicial Penal del Estado Lara, Nathaly Gonzalez y la Fiscal Sexta del Estado Lara, Sherllys Mirangela Sosa de Garcia, quienes la primera por Denegación de Justicia, obstaculización de justicia, e incluso por dilatar el proceso, negando la aplicación de la el(sic) derecho subjetivo y adjetivo … (…omisis…)” .-

CONSIDERACIONES PARA DECIDIR
De acuerdo con lo antes expuesto, estima quien aquí decide que debe analizarse en primer lugar la competencia que este Tribunal tiene para conocer del asunto, por lo que al respecto observa, que de conformidad con el artículo 12 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales establece lo siguiente: “ Los conflictos sobre competencia que se susciten en materia de amparo entre Tribunales de primera Instancia serán decididos por el superior respectivo. Los tramites serán breves sin incidencias procesales.”

FUNDAMENTACIÒN JURÌDICA
El artículo 77 del Código Orgánico Procesal Penal, concerniente al fuero de atracción, señala que “En cualquier estado del proceso el tribunal que este conociendo de un asunto podrá declinarlo; mediante auto motivado…”. Por lo cual el presente asunto debe declinarse a la corte de este Circuito Judicial Penal, en concordancia con artículo 12 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales establece lo siguiente: “Los conflictos sobre competencia que se susciten en materia de amparo entre Tribunales de primera Instancia serán decididos por el superior respectivo” y así se decide.

DECISION
Por los razonamientos expuestos, éste Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Juicio Nro. 1 del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial Penal del Estado Lara, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, RESUELVE: 1) Declinar Competencia a la corte de este Circuito Judicial Penal. 2) Remítase a la coordinación de Secretaria a los fines de que sea remitido el presente asunto penal a la corte de este Circuito Judicial Penal. 3) Se emane duplicado de la presente decisión a los fines de que sea agregada en el copiador de decisiones de este Tribunal. Ofíciese lo conducente. Cúmplase lo ordenado.

JUEZA EN FUNCIONES DE JUICIO NRO 01

SOLANGE JOSEFINA MENDEZ


LA SECRETARIA