REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la
Circunscripción Judicial del Estado Lara
Juzgado Primero de Primera Instancia de Medicación y Sustanciación
Carora, diecinueve de diciembre de dos mil doce
202º y 153º
ASUNTO: KP12-J-2012- 000495
SOLICITANTES: Napoleón José Maldonado Espinoza y Maribel Josefina Riera, titulares de las cédulas de identidad Nº V- 11.701.312 y V- 14.004.062.
ABOGADO ASISTENTE: Jeomar Rodríguez, inscrito en el I.P.S.A. bajo el Nº 140.838.
Motivo: DIVORCIO 185-A
Visto que en fecha 10 de diciembre de 2012, se admitió la presente solicitud, tal y como lo indica el artículo 457 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes y se ejerció el despacho saneador, ordenándose a los solicitantes Napoleón José Maldonado Espinoza y Maribel Josefina Riera, antes identificados, a consignar los documentos fundamentales debidamente corregidos ya que el nombre que aparece en la copia simple de la cedula de identidad de la solicitante ciudadana Maribel Josefina Riera Pérez, no coincide con el nombre que aparece registrado en la copia certificada de la partida de nacimiento del adolescente (Identidad omitida de conformidad con el art. 65 de la L.O.P.N.N.A.) y en el acta de matrimonio que corren insertos a los folios cuatro (04) y cinco (05). Habiéndose vencido el lapso concedido para que cumpliera con lo ordenado, se observa que los solicitantes no han cumplido con lo ordenado por este Juzgado. En consecuencia, se declara la INADMISION SOBREVENIDA, por ser imposible seguir adelante con la presente solicitud sin la debida subsanación. Es todo y en consecuencia se ordena el archivo del presente asunto.
LA JUEZ PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE
MEDIACION Y SUSTANCIACION
Abg. LUISA CRISTINA GONZALEZ CAMPOS
LA SECRETARIA
Abg. YACKELIN VILLEGAS NAVA
En esta misma fecha se registró bajo el Nº 690-2.012 y se publicó siendo las 10:46 a.m.
LA SECRETARIA
Abg. YACKELIN VILLEGAS NAVA
KP12-J-2012- 000495
LCGC.-
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