ACTA
Tribunal 36° de SME.-
N° DE EXPEDIENTE: AP21-L-2012-002714

En el día de hoy, 05 de Diciembre de 2012, a las 2:00 p.m., siendo la oportunidad de la celebración de la prolongación, anunciado como ha sido en la sala de anuncio del circuito, se deja constancia de la comparecencia de la parte actora, a través de su apoderada judicial, la bogada, Sarais Piña, inscrita en el IPSA bajo el Nro. 14.426, y por la otra parte, se deja constancia de la comparecencia de la demandada, CELLULAR VIP ONE, C.A, representada por el ciudadano Martin Sarmiento, portador de la Cédula de identidad Nro. V- 13.289.062, en su carácter de Presidente de la demandada y asistido en este acto por su apoderado judicial, el abogado, Arnaldo Morillo, inscrito en el IPSA bajo el Nro. 50.487, cuyo poder riela a los autos. En este estado, la parte demandada expone lo que de seguidas se transcribe textualmente: “Dejamos constancia en este acto que hacemos el siguiente ofrecimiento de la cantidad de SIETE MIL QUINIENTOS BOLIVARES OCHENTA CENTIMOS (Bs. 7.500,80) a los fines de cumplir con el pago de todos los conceptos demandados, es decir, indemnización Art. 125. LOT, tickets de alimentación, mes de sueldo e intereses de mora, los cuales son pagados en este acto a través de dos cheques, los cuales se describen a continuación: 100% Banco, cheque Nro. 97-01644594, por la cantidad de Bs. 1.910,00, no endosable, a la orden de Euler Parra, de fecha 05-12-2012 y otro cheque del Banco Mercantil, cheque Nro. 89606760, por la cantidad de Bs. 5.590, 80, de fecha 15-05-2012, a la orden de Euler Parra, no endosable. Es todo”. En este estado la parte actora expone lo que de seguidas se transcribe textualmente: “La parte demandante acepta la oferta en los términos manifestado por la parte demandada y recibo los cheques anteriormente descritos por los montos antes mencionados y por los conceptos ya señalados. Igualmente dejo constancia que tengo facultad para recibir cantidades de dineros en nombre de mi representado tal y como consta en poder consignado en el presente asunto. Es todo.” En este estado ambas partes, solicitan al tribunal homologue el presente acuerdo transaccional. El tribunal de seguidas homologa la transacción celebrada entre las partes. Igualmente se deja constancia que en este acto el tribunal le devuelve a cada una de las partes sus respectivos escritos de promoción de pruebas con sus respectivos anexos. Visto el acuerdo celebrado se da por terminado el acto. A las 3:09 p.m. Es todo. Conforme firman.

Abg. Angélica Hernández
La Juez
La Parte Actora

La Parte Demandada
La Secretaria
Abg. Luisana Cote