MOTIVO: COBRO DE BOLIVARES (VIA INTIMATORIA)

En fecha 30-07-2012, ambas partes comparecieron ante este Tribunal y celebraron transacción, en los términos expuestos en el mismo. En consecuencia, este Tribunal Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, le imparte su homologación al mismo de conformidad con lo establecido en el artículo 255 del Código de Procedimiento Civil. Asimismo se da por terminado el presente juicio y se ordena remitir el expediente al Archivo Judicial, e igualmente se acuerda suspender la medida preventiva decretada por este Tribunal, en fecha 25-04-12, de igual manera se acuerda la devolución de los instrumentos originales.-