ASUNTO: FP02-J-2012-000716
RESOLUCIÓN Nº PJ0822012000466

SENTENCIA INTERLOCUTORIACON FUERZA DE DEFINITIVA

Vista la solicitud de homologación de ACUERDO por OBLIGACION DE MANUTENCION, de fecha 06 de Agosto de 2012, suscritas por los ciudadanos: MILTO EDUARDO BARON y ROSMARY YURAGUAILIZ RODRIGUEZ DOMINGUEZ, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V-14.883.935 y 15.637.080 respectivamente, debidamente asistidos por el Dr. Walfredo Méndez Aray, Fiscal Séptimo (E) del Ministerio Publico del Primer Circuito del Estado Bolívar, cuyos escritos cursan en autos a los folios 02 Juzgado Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes extensión Ciudad Bolívar, administrando justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, HOMOLOGA el referido Convenio entre las partes tal como lo dispone el artículo 375 de la LOPNNA concordancia con 518 ejusdem en concordancia con los artículos 263 y 363 del CPC, en consecuencia ordena proceder como si se tratara de Sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada con plena fuerza ejecutiva. Así se decide. Cúmplase. Déjese copia certificada y entréguese un ejemplar a cada una de las partes. Déjese Constancia en el Libro Diario de Actuaciones.

EL JUEZ (1º) DE MEDIACIÒN

ABG. BERNABE PEREZ CASTAÑO
LA SECRETARIA

ABG.

Yioleska Oyuela -.asistente.-