REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Primero del Municipio Heres Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar.-
Ciudad Bolívar, 06 de Agosto del dos Mil doce.-
202º y 153º
Nº de Resolución: PJ02420120000225
ASUNTO: FP02-S-2011-0002558.-
Revisado como ha sido la presente solicitud por TITULO SUPLETORIO, presentada por los ciudadanos. MAIRA ELIZABETH RIVAS BRIZUELA Y JEAN CARLOS GARCIA RAMIREZ , venezolanos , mayores de edad, titulares de la cédulas de identidad Nros. V- 15.125.097 y V- 12.185.771 , el Tribunal observa: Que por cuanto de la presente solicitud se desprende que la solicitante esta actuando en este acto en nombre y beneficio de sus hermanos ciudadanos (a) . JAVIER DINIS RIVAS, de catorce (14) años de edad, JEAN CARLOS GARCIA RIVAS de doce (12) años , y JEFERSON CAROLINA GARCIA RIVAS de seis (6) años de edad, en consecuencia ajustándonos a la norma establecida en el artículo 177, Parágrafo Segundo de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, literal g), por ser ésta una Ley especialísima la cual ampara y protege los derechos de los niños y adolescentes, corresponde conocer de la misma, a los Tribunales de Protección del niño y del Adolescente.- En consecuencia, este Juzgado DECLINA LA COMPETENCIA, por la Materia, conforme a lo establecido en el artículo 60 del Código de Procedimiento Civil a fin de que conozca de la presente solicitud uno cualquiera de los Tribunales de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, con sede en esta Ciudad.
De conformidad con lo estipulado en el articulo 69 ejusdem, este tribunal dejará transcurrir cinco (5) días a los fines de que las partes ejerzan su derecho de regulación de competencia. Vencido como sea el lapso antes mencionado, y definitiva como quede la presente decisión, se remitirá la presente solicitud en su forma original por medio de oficio, al Juzgado competente.- Así se decide.
LA JUEZA TEMPORAL
Abg. MERLID ELIZABETH FIGUEREDO
EL SECRETARIO, Acc
Abg.Paguirma Barrios .-
MEF/ PB/Nieves.-
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