REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar con sede en Puerto Ordaz
Puerto Ordaz, tres de agosto de dos mil doce
202º y 153º

ASUNTO PRINCIPAL : FP11-L-2011-001140
ASUNTO : FP11-R-2012-000238

Vista las diligencias presentadas en fecha 02 de Agosto de 2012, por los ciudadanos ENDERSON RAMON RAMOS VALOR y ROBERT JOSE AVILEZ GONZALEZ; venezolanos, titulares de las cédulas de identidad Nos. V-18.787.270 y V-17.068.083, respectivamente; debidamente asistidos del abogado en ejercicio JUAN RAMON PINO G. inscrito en el INPREABOGADO bajo el número 84.125; mediante la cual expresamente DESISTEN de la demanda; en consecuencia, por cuanto lo solicitado es procedente, este Tribunal le imparte su aprobación y la homologa declarando desistido el recurso de apelación intentado y en consecuencia quedó firme la decisión dictada por el tribunal de primera Instancia, respecto a los actores que desistieron.
Dada, firmada y sellada en la sala del Despacho del Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar. En Puerto Ordaz, a los Tres (03) días del mes de Agosto de 2012. Años 202° de la Independencia y 153° de la Federación.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada de la presente decisión en el compilador respectivo.-
El Juez Superior Primero del Trabajo,

Dr. Rene Arturo López Ramo.
El Secretario de Sala,

Abog. Ronald Guerra

PUBLICADA EN EL DÍA DE SU FECHA, PREVIO ANUNCIO DE LEY A LAS ONCE Y VEINTICINCO DE LA MAÑANA (11:25 AM).-
El Secretario de Sala,

Abog. Ronald Guerra