REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES SEPTIMO DE CONTROL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL PENAL DEL ESTADO LARA
202º y 153º
Barquisimeto, 23 de Febrero de 2011
ASUNTO KP01-S-2004-028602
Visto y analizado el presente Asunto constata esta Juzgadora que riela a los folios (93, y 94) Decreto de ARCHIVO FISCAL por parte del representante del Ministerio Público, a favor de los ciudadanos JEAN DANGER GIL, titular de la cédula de identidad Nro. 13.034040. Motivo por el cual considera esta juzgadora que siendo el Ministerio Público el titular de la acción penal se debe remitir el presente Asunto a la Fiscalia Quinta del Ministerio Público del Estado Lara, y ordenar el cese inmediato de toda medida de coerción personal que pesaba sobre los imputados de marras. Así se decide.
DECISIÓN
Por los fundamentos antes expuestos este JUZGADO EN FUNCIONES SEPTIMO DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO LARA, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, pasa a decidir en los siguientes términos: PRIMERO: Se remite el presente Asunto a la Fiscalia Primera en virtud del ARCHIVO FISCAL, a favor del ciudadano JEAN DANGER GIL, titular de la cédula de identidad Nro. 13.034040. SEGUNDO: TERCERO: Se ordena el cese de toda medida de coerción personal que pesaba sobre los referidos ciudadanos. CUARTO: Remítase el presente asunto a la fiscalia Primera.
Regístrese, Publíquese, notifíquese a las partes.
JUEZ SEPTIMO DE CONTROL
MARISOL LÓPEZ GONZÁLEZ
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