REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Octavo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Coordinación del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Año 201º y 153º
ASUNTO: KP02-L-2011-001685

PARTE ACTORA: JEAN CARLOS REINOSO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. 18.690.927.
ABOGADO APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDANTE: WINDER MONTES y MARIA ELENA SUAREZ, inscritos en el Inpreabogado bajo el Nro. 158.771 y 158.770.
PARTE DEMANDADA: C.A INDUESCA
ABOGADA APODERADA JUDICIAL DE LA DEMANDADA: : ISAAC EDUARDO TERAN GUTIERREZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 173.776
MOTIVO: PRESTACIONES SOCIALES
Hoy, 17 de Abril de 2012 siendo las once de la mañana (11:00 a.m.) día y hora fijado para que tenga lugar la prolongación de la Audiencia Preliminar, anunciado como fue el acto por el alguacil ROBERTO MEDINA se encontraba presente por la parte demandada C.A INDUESCA, su apoderado judicial abogado ISAAC EDUARDO TERAN GUTIERREZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 173.776; por su parte el ciudadano JEAN CARLOS REINOSO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. 18.690.927, no compareció ni por sí ni por intermedio de apoderado judicial alguno por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Octavo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo del Estado Lara, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad que le confiere la Ley y el derecho, DECLARA: DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO, en consecuencia, la parte actora no podrá volver a proponer la demanda sino hasta después de transcurridos noventa (90) días continuos, contados a partir de la fecha de publicación de la presente decisión.
La Jueza

Abg. Rosanna Blanco Lairet El Secretario

Abg. Carlos Morón


Parte Demandada