REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Coordinación del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, 23 de Septiembre de 2011
Años: 201 y 152


ASUNTO: KP02-L-2010-1848
PARTE DEMANDANTE: ANNYS YUSMERY MENDOZA, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 13.990.735.
PARTE DEMANDADA: VALEBRON y CIA C,A.
APODERADO DE LA PARTE DEMANDADA: MARIA ANTONIETA VERGARA. Inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 108.673.
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES

Hoy 23 de Septiembre de 2011, siendo las once de la mañana (11:00 a.m.), oportunidad fijada para que tenga lugar la prolongación de la Audiencia Preliminar en la presente causa, El Tribunal deja constancia que anunciada como fue la misma por el Alguacil del Tribunal, ciudadano KELBIS CRESPO; la parte demandante no compareció ni por si ni por apoderado judicial alguno, se deja constancia que la parte demandada comparece la Abogada MARIA ANTONIETA VERGARA inscrita debidamente en el instituto de previsión social de Abogado bajo el numero 108.673, se deja constancia que la parte demandada consigna en este acto poder original y copia para su posterior certificación, este Juzgado Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo del Estado Lara, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO, en consecuencia, la parte actora no podrá volver a proponer la demanda sino hasta después de transcurridos noventa (90) días continuos, contados a partir de la fecha de publicación de la presente decisión.

Abg. José Tomas Álvarez Mendoza
Juez


Demandada El Secretario