REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Juzgado del Municipio Torres de la Circunscripción Judicial del Estado Lara (Carora)
Carora, treinta de septiembre de dos mil once
201º y 152º
ASUNTO: KP12-S-2011-000521.-

Vista la solicitud presentada por el ciudadano DARWIN JOSE VASQUEZ ALVAREZ, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la Cédula de Identidad Nº 16.441.556, asistido por el Abogado en ejercicio MANUEL JOSE PEREZ, inscrito en el I.P.S.A. bajo el Nº 33.961, en la cual requiere se le conceda TITULO SUPLETORIO de dominio sobre unas bienhechurías consistentes en Una (01) Casa de Habitación, un galpón simple y un galpón industrial, constante de Sala, Cocina y Comedor, estructura de la construcción de hierro y madera; construida con paredes de bloque de cemento, paredes sin friso; Estructura Techo: hierro; cubierta de zinc; piso de pavimento; puertas de hierro; en un estado de conservación bueno; en una área de construcción de DOSCIENTOS OCHENTA Y OCHO CON CUARENTA Y UN METROS CUADRADOS (288,41 Mts2), edificadas sobre un lote de Terreno Ejido Rural que posee una extensión de CIENTO CUARENTA Y TRES MIL OCHOCIENTOS SETENTA Y TRES CON CATORCE METROS CUADRADOS (143.873,14 Mts2), ubicadas en el sector Papelón, carretera Lara Zulia, Municipio Torres del Estado Lara, y enmarcada dentro de los siguientes linderos: NORTE: Sector Los Caños; SUR: Carretera Lara Zulia; ESTE: Parcelas de José Rodríguez y Luís Mendoza y OESTE: Parcela de Carlos Gutiérrez. Dichas bienhechurías tienen un valor de OCHENTA MIL BOLIVARES (Bs.80.000,oo). Admitida la solicitud se acordó oír las declaraciones de los testigos que presentare la parte interesada. Examinados los recaudos presentados y oídas las declaraciones de los testigos ciudadanos EDUY ALBERTO MAZO y ALEXANDER DANIEL COLMENAREZ PEREZ, Venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. 12.370.913 y 10.765.074, respectivamente, domiciliados en esta Ciudad de Carora, Municipio Torres del Estado Lara, las cuales son valoradas por este Tribunal como plena prueba por ser contestes en sus afirmaciones.