REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Juzgado del Municipio Torres de la Circunscripción Judicial del Estado Lara (Carora)
Carora, veintiséis de septiembre de dos mil once
201º y 152º

ASUNTO: KP12-S-2011-000209.-

Vista la solicitud presentada por la ciudadana HILDA DEL CARMEN ROJAS, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la Cédula de Identidad Nº 4.804.707, asistida por la Abogada en ejercicio ROCIO FIGUEROA, inscrita en el I.P.S.A. bajo el Nº. 90.340, en la cual requiere se le conceda TITULO SUPLETORIO de dominio sobre unas bienhechurías consistente en Un (01) Galpón Simple, constante de Dos (02) baños, Dos (02) Salas, Dos (02) Cocinas y Dos (02) Comedores, construida con paredes de bloque de arcilla; Estructura de la construcción de concreto; Estructura Techo: concreto y hierro; cubierta de techo de acerolit y concreto; paredes friso liso; pisos de cerámica; ventanas y puertas de hierro; en un estado de conservación bueno; en una área de construcción de SETECIENTOS OCHENTA Y CUATRO METROS CUADRADOS (784,00 Mts2), edificadas sobre un lote de Terreno Ejido Rural, que posee una extensión de UN MIL CIENTO NOVENTA CON NOVENTA Y OCHO METROS CUADRADOS (1.190,98 Mts2), ubicadas en la Carretera Lara Zulia, Caserío Morroco, Parroquia Montaña Verde, Municipio Torres del Estado Lara y enmarcada dentro de los siguientes linderos: NORTE: Parcela de Rodrigo Rodríguez; SUR: Parcela de Rodrigo Rodríguez; ESTE: Parcela de Rodrigo Rodríguez y OESTE: Parcela de Rodrigo Rodríguez. Dichas bienhechurías tienen un valor de CUARENTA MIL BOLIVARES (Bs.40.000,oo). Admitida la solicitud se acordó oír las declaraciones de los testigos que presentare la parte interesada. Examinados los recaudos presentados y oídas las declaraciones de los testigos ciudadanas LEIDA OLIMPIA FIGUEROA CAÑIZALEZ y LISBETH DEL CARMEN OROPEZA GONZALEZ, venezolanas, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. 2.383.089 y 12.692.686, respectivamente, domiciliadas la primera en la Calle Carabobo Nº 20-210 y la segunda en la Urbanización Calicanto, la Chalet de esta Ciudad de Carora, Municipio Torres del Estado Lara, las cuales son valoradas por este Tribunal como plena prueba por ser contestes en sus afirmaciones.