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REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
 
 PODER JUDICIAL
 Juzgado Sexto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución  del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
 
 ASUNTO: KP02-L-2011-001207
 PARTE ACTORA: EMARY JOSE LOBO, venezolano, mayor de edad, titular de las Cédula de Identidad Nro.10.102.603.
 
 APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDANTE: No consta.
 
 PARTE DEMANDADA: CENTRO INTEGRAL COOPERATIVA DE SALUD.
 
 REPRESENTANTES DE LA DEMANDADA: KEILA JOSEFINA ROMERO Y CARMEN PEREZ, venezolanas, mayores de edad, titulares de la Cédula de Identidad Nº 7.571.159  y 9.250.148 respectivamente.
 
 ABOGADA ASISTENTE DE LA DEMANDADA: SARAH OTAMENDI SAAP, Inpreabogado Nro. 80.218.
 
 MOTIVO: CALIFICACION DE DESPIDO.
 
 Hoy 31 de octubre de 2011, siendo las nueve y treinta de la mañana (9:30 a.m.) día y hora fijado para que tenga lugar la instalación de la Audiencia Preliminar, el Tribunal deja constancia que anunciada como fue la misma por el alguacil CESAR ALVARADO; comparecieron las ciudadanas KEILA JOSEFINA ROMERO Y CARMEN PEREZ, venezolanas, mayores de edad, titulares de la Cédula de Identidad Nº 7.571.159  y 9.250.148 respectivamente  asistidas por la abogada SARAH OTAMENDI SAAP, Inpreabogado Nro. 80.218, representantes de la demandada según consta en documento  poder inserto. Se deja constancia que la actora, no compareció al acto, por lo que  de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Sexto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo del Estado Lara, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. Es todo, terminó se leyó y conformes firman.
 
 
 La Juez Temporal
 
 Abg. Rosalux Galíndez Mujica                                           El Secretario
 
 
 
 Parte demandada
 
 
 El alguacil
 
 
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