REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Segundo (2º) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, trece (13) de octubre de dos mil once (2011)
Años: 201º y 152º

ASUNTO: KP02-S-2011-007001

Vista la diligencia suscrita en fecha 05 de octubre del año 2011, por los Abogados, LEGDYS MARGARETT CASTILLO PAEZ y ROBERTO NUÑEZ inscritos en el Inpreabogado bajo el Nº 92.111 y 153.162 respectivamente, actuando en su carácter de apoderados de la parte demandante, tal como consta en autos a los folios 4 al 6, mediante el cual en nombre de su representada FUNDACION SOCIAL DEL ESTADO LARA (FUSEL) DESISTE del procedimiento incoado en contra del ciudadano EDISON URANGA.

Examinadas las actas procesales, se evidencia que el juicio por calificación de despido, se encuentra en fase procesal anterior a la contestación de la demanda, por lo que no requiere el consentimiento de la parte demandada EDISON URANGA, de conformidad con el articulo 265 del Código de Procedimiento Civil, por lo que este Juzgado HOMOLOGA EL DESISTIMIENTO en los términos planteados y dicta seguidamente el dispositivo del fallo, así: PRIMERO: SE DECLARA EL DESISTIMIENTO DEL PROCEDIMIENTO, habido en el juicio incoado por la FUNDACION SOCIAL DEL ESTADO LARA (FUSEL) contra el ciudadano EDISON URANGA. Así se decide.-

PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE Y DÉJESE COPIA

Dada, sellada y firmada en el Despacho del Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Estado Lara. Barquisimeto, a los 13 de Octubre del año 2011. Años 201° de la Independencia y 152° de la Federación

LA JUEZ

ABOG. MÓNICA QUINTERO ALDANA
LA SECRETARIA,

ABOG. JENNYS NIETO
En esta misma fecha se cumplió lo ordenado.

LA SECRETARIA,

ABOG. JENNYS NIETO




MQA/jnieto