REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Juzgado del Municipio Torres de la Circunscripción Judicial del Estado Lara (Carora)
Carora, cinco de octubre de dos mil once
201º y 152º

ASUNTO: KP12-S-2011-000535.-

DEMANDANTE: RAFAEL ANTONIO OCANTO GUERRERO, venezolano, mayor de edad, Titular de la Cedula de Identidad Nº 5.932.163, Abogado inscrito en el I.P.S.A., bajo el Nº 40.155, de este domicilio.
DEMANDADA: MARIA ANTONIA SANCHEZ LUCENA, venezolana, mayor de edad, Titular de la Cedula de Identidad Nº 9.003.230, de este domicilio.

MOTIVO: SENTENCIA INTERLOCUTORIA HOMOLOGACION DE DESISTIMIENTO.

Visto el Desistimiento presentado por la parte demandante en el presente juicio, en fecha 21 de Septiembre del presente año, este Tribunal conforme a lo dispuesto en el articulo 256 del Código de Procedimiento Civil, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, le imparte la HOMOLOGACION correspondiente por no ser contraria a derecho, teniéndose como SENTENCIA PASADA EN AUTORIDAD DE COSA JUZGADA, se ordena el archivo del presente asunto.
Expídase por Secretaria copia certificada de la presente Sentencia y archívese.
Regístrese y Publíquese.

Dada, sellada y firmada en la Sala del Despacho del Juzgado del Municipio Torres de la Circunscripción Judicial del Estado Lara. Carora, a los Cinco (05) días del mes de Octubre de 2.011. Años: 201° y 152°.



El Juez Provisorio,

Abg. FRANCISCO ROMAN ZAMBRANO GOMEZ.
La Secretaria Temp,

Abg. BEATRIZ YEPEZ.

En esta misma fecha se registró bajo el Nº 303-2011, se publicó siendo las 10:30 a.m. y se expidió copia certificada para archivo.
La Secretaria Temp,

Abg. BEATRIZ YEPEZ.