REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DEL MUNICIPIO IRIBARREN

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Primero del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, cinco de octubre de dos mil once
201º y 152º

ASUNTO : KP02-S-2011-005896

Vista la anterior solicitud presentada por el ciudadano WUILLIAM ALFREDO ORELLANA, venezolano mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 10.777.483, de este domicilio, asistido por el abogado en ejercicio RAFAEL ARAUJO, inscrito en el INPREABOGADO bajo el Nro. 108.917, y evacuados los testigos por ante este Juzgado, este Tribunal considera suficientes las declaraciones, y llenos los requisitos para declarar a favor del solicitante WUILLIAM ALFREDO ORELLANA, ya identificado. La propiedad de las bienhechurías que se encuentran plenamente identificadas en la presente solicitud, las cuales construyo con dinero de su propio peculio, en un terreno Ejido, cuya ubicación, medidas, características y linderos constan en la solicitud que encabeza estas actuaciones. En consecuencia, este Tribunal Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA TITULO SUPLETORIO DE POSESION Y DOMINIO a favor del ciudadano WUILLIAM ALFREDO ORELLANA, anteriormente identificado, de conformidad con lo establecido en los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil; QUEDANDO A SALVO EN TODO CASO LOS DERECHOS DE TERCEROS.

EL JUEZ LA SECRETARIA.,
ABG. JOSÉ ALFONSO OCHOA.
AUDREY LORENA PINTO.


En esta misma fecha se expidió copia certificada para archivo.
JAO/ALP/fji

La sec.