REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DEL MUNICIPIO IRIBARREN

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Primero del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, veinticinco de octubre de dos mil once
201º y 152º

ASUNTO: KP02-S-2011-006847

Vista la anterior solicitud presentada por la ciudadana CARMEN COROMOTO ALVARADO DE VIZCAYA, venezolana, mayor de edad, de estado civil casada, titular de la cédula de identidad Ns° V-7.355.247 y de este domicilio, asistida por el abogado en ejercicio Luis Beltrán Viloria Barreto e inscrito en el INPREABOGADO bajo el Nro. 2.655, y evacuados los testigos por ante este Juzgado, este Tribunal considera suficientes las declaraciones, y llenos los requisitos para declarar a favor de la solicitante CARMEN COROMOTO ALVARADO DE VIZCAYA, ya identificada, la propiedad de las bienhechurías que se encuentran plenamente identificadas en la presente solicitud, las cuales construyo con dinero de su propio peculio, en un lote de terreno Propio, cuya ubicación, medidas, características y linderos constan en la solicitud que encabeza estas actuaciones. En consecuencia, este Tribunal Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA TITULO SUPLETORIO DE POSESION Y DOMINIO a favor del la ciudadana CARMEN COROMOTO ALVARADO DE VIZCAYA, anteriormente identificada, de conformidad con lo establecido en los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil; QUEDANDO A SALVO EN TODO CASO LOS DERECHOS DE TERCEROS.
El Juez Temporal,

Abg. José Alfonso Ochoa

El Secretario Accidental,

Abg. Christian Torres

En esta misma fecha se expidió copia certificada para archivo.
JAO/ALP/lg.
El Secretario Accidental.,