REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DEL MUNICIPIO IRIBARREN

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Primero del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, diecisiete de octubre de dos mil once
201º y 152º

ASUNTO : KP02-S-2011-006777

Vista la anterior solicitud presentada por la ciudadana MAIKA NORELIS PERNALETE PERNALETE, venezolana mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 11.264.486, de este domicilio, asistida por el abogado en ejercicio JAIME RAFAEL FIGUEROA, inscrito en el INPREABOGADO bajo el Nro. 127.577, y evacuados los testigos por ante este Juzgado, este Tribunal considera suficientes las declaraciones, y llenos los requisitos para declarar a favor de la solicitante MAIKA NORELIS PERNALETE PERNALETE, ya identificada. La propiedad de las bienhechurías que se encuentran plenamente identificadas en la presente solicitud, las cuales construyo con dinero de su propio peculio, en un terreno Ejido, cuya ubicación, medidas, características y linderos constan en la solicitud que encabeza estas actuaciones. En consecuencia, este Tribunal Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA TITULO SUPLETORIO DE POSESION Y DOMINIO a favor de la ciudadana MAIKA NORELIS PERNALETE PERNALETE, anteriormente identificada, de conformidad con lo establecido en los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil; QUEDANDO A SALVO EN TODO CASO LOS DERECHOS DE TERCEROS.

EL JUEZ LA SECRETARIA.,
ABG. JOSÉ ALFONSO OCHOA.
AUDREY LORENA PINTO.


En esta misma fecha se expidió copia certificada para archivo.
JAO/ALP/fji

La sec.