REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Primero del Municipio Iribarren
de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, once de Octubre de dos mil once
201º y 152º

ASUNTO: KP02-M-2011-000479

Vista la anterior demanda por Cobro de Bolívares Vía Intimación interpuesta por el ciudadano MIGUEL ALFREDO PINEDA ALVAREZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-13.786.752, abogado en ejercicio, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 161.598 y de este domicilio, actuando en nombre propio, como Endosatario en Procuración de Letras de Cambio contra el ciudadano ARMANDO JOSÉ BARRETO CAMACHO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-7.451.512, domiciliado en la Carrera 31 entre calles 15 y 16 casa Nº 31-37, de esta ciudad de Barquisimeto, Municipio Iribarren del Estado Lara. Este Tribunal actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley la declara INADMISIBLE por no cumplir con lo establecido en el Artículo 644 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con los Artículos 410 Ordinal 8° y 411 del Código de Comercio.
Publíquese y Regístrese.
Dado, Firmado y Sellado en la Sala de Despacho del Juzgado Primero del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en Barquisimeto a los once (11) días del mes de Octubre de 2011. Años: 201º y 152º.

EL JUEZ TEMPORAL,

Abg. JOSE ALFONSO OCHOA
LA SECRETARIA

AUDREY LORENA PINTO

En la misma fecha se publicó, siendo las 9:50 a. m.

La Secretaria





*Icb