REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, veintiocho de octubre de dos mil once
201º y 152º
ASUNTO: KP02-S-2004-000175
El Ciudadano LINO VALDERRAMA RADAELLI, Venezolano, mayor de edad, de este domicilio, Titular de la Cédula de Identidad No. V-1.207.147, y de este domicilio, solicitó la RECTIFICACIÓN DE SU PARTIDA DE NACIMIENTO, en el sentido que figura el nombre de su madre como “PANCHITA RADAELLI DE VALDERRAMA”, siendo lo correcto “FRANCISCA RADAELLI DE VALDERRAMA”. La solicitud se admitió en cuanto ha lugar en derecho acordándose notificar al Fiscal del Ministerio Público.-
Este Tribunal para decidir observa:
UNICO: Con los recaudos acompañados y la boleta anexa, ha quedado comprobado el error señalado, por lo que este Tribunal administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley ACUERDA dicha rectificación en el sentido que figure el nombre del padre del solicitante como “FRANCISCA RADAELLI DE VALDERRAMA”. En consecuencia ordena a la Jefatura Civil de la Parroquia Santa Rosalia, Municipio Libertador del Distrito Capital y al Registro Principal correspondiente, inserte la nota marginal correspondiente en la Partida de Nacimiento N° 874, Folio 437 durante el año 1936. La presente sentencia queda firme en esta misma fecha. Expídase las copias certificadas respectivas.
Publíquese y regístrese.
Dado firmado y sellado en la Sala de Despacho de este Tribunal en Barquisimeto, a los Veintiocho días del mes de Octubre de dos mil Once. Años 201º y 152º.
La Juez La Secretaria.,
Abg. Eunice Beatriz Camacho Manzano. Abg. Bianca Escalona.
EBCM/BE/Loreand
LA SUSCRITA SECRETARIA DEL JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO DEL ESTADO LARA CERTIFICA LA EXACTITUD DE LA COPIA ANTERIOR. Fecha Ut Supra
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