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REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
 PODER JUDICIAL
 
 CIRCUITO JUDICIAL PENAL
 CIRCUNSCRIPCION DEL ESTADO LARA
 TRIBUNAL EN FUNCION DE EJECUCION  Nº 2
 Barquisimeto, 31 de Octubre del 2011
 Años: 200º y 152º
 ASUNTO: KP01-P-2007-001451
 
 EXTINCION DE LA RESPONSABILIDAD CRIMINAL
 
 Se evidencia que JIANNY MARCELINO BELLO, C.I.V-Nº 14.585.467, fue condenado a cumplir la pena de Seis (06) Años de Prisión, por el  Delito de Robo Genérico, Previsto y Sancionado en el articulo 455 del Código Penal. En fecha 08 de Enero del 2010, este Tribunal emitió pronunciamiento en la cual otorga el Beneficio de Libertad Condicional, y se evidencia según el Informe de Finalización de fecha 25 de Agosto del 2011, emitido por el Delegado de Prueba, que el Penado finalizo el cumplimiento de las condiciones impuesta en forma Favorable, en consecuencia se Declara la Extinción de la Responsabilidad Criminal por Cumplimiento de la Condena de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 105 del Código Penal;  Y Así se Decide
 
 DISPOSITIVA
 
 Por las razones anteriormente expuestas, este Tribunal de Ejecución No. 2, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, y en virtud de lo dispuesto en el Artículo 105 del Código Penal, DECLARA LA EXTINCIÓN DE LA RESPONSABILIDAD CRIMINAL, por el cumplimiento de la condena a JIANNY MARCELINO BELLO, C.I.V-Nº 14.585.467, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 105 del Código Penal.
 Notifíquese al Fiscal Décimo Tercero del Ministerio Público del Estado Lara, a la Defensa y al Penado.
 Regístrese, Publíquese, Notifíquese y Ofíciese.
 EL JUEZ DE EJECUCIÓN Nº 2
 
 
 
 ABG. LUIS ALFONSO MARTINEZ
 
 LA SECRETARIA
 
 
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