REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del estado Lara - Sede Barquisimeto.
Barquisimeto, 06 de Octubre de 2011
201º y 152º
ASUNTO: KP02-V-2010-002404
Demandante: CARMEN DOLORES LINAREZ DE LEON, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 9.578.574, de éste domicilio.
Asistida Por: Abogado WILFREDO RODRIGUEZ, inscrito en el IPSA bajo el No. 153.138.
Demandado: FRANCISCO LEON MENDOZA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 2.599.755, de éste domicilio.
Hijos: (IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON EL ARTICULO 65 DE LA LEY ORGANICA PARA LA PROTECCION DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES).
Motivo: DECLARACIÓN DE TERMINADO EL PROCEDIMIENTO DE DIVORCIO 185-A POR APLICACIÓN DEL ARTÍCULO 514 DE LA LEY ORGÁNICA PARA LA PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES.
En fecha 30 de mayo de 2011, la ciudadana CARMEN DOLORES LINAREZ DE LEON, ya identificada, presentó demanda de divorcio 185-A en contra del ciudadano FRANCISCO LEON MENDOZA, acompañó su solicitud con copia certificada del acta de matrimonio y de las partidas de nacimiento de los hijos.
En fecha 01 de junio de 2011, se admitió la demanda, se acordó la notificación de la parte demandada.
Certificada la notificación de la parte demandada, se fijó oportunidad para la audiencia de jurisdicción voluntaria.
En fecha 11 de agosto de 2011, siendo el día y la hora fijada para que tuviera lugar la audiencia de jurisdicción voluntaria, se dejó expresa constancia que no comparecieron las partes ni por si ni mediante apoderado judicial, por lo que en aplicación del artículo 514 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, se declaró Desistido el procedimiento.
DECISION.
Este Juzgado Segundo de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Lara, con sede en Barquisimeto, declara en aplicación de la norma del artículo 514 de la Ley Orgánica para la Protección de los Niños, Niñas y Adolescentes, TERMINADO el procedimiento de Divorcio 185-A intentado por la ciudadana CARMEN DOLORES LINAREZ DE LEON ya identificada en contra del ciudadano FRANCISCO LEON MENDOZA, y en consecuencia extinguida la instancia. Así se decide.
Regístrese y publíquese
Dada, firmada y sellada en el Juzgado Segundo de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Lara, con sede en Barquisimeto. Barquisimeto, 06 de octubre de 2011. Año 201º y 152º.
LA JUEZ SEGUNDA DE PRIMERA INSTANCIA
DE MEDIACIÒN Y SUSTANCIACIÓN
Abg. ROSANGELA MERCEDES SORONDO GIL
La Secretaria.
Abg. Olga Sofía Daal
En esta misma fecha se registro bajo el Nº 2500-2.011, siendo las 09:02 a.m.
La Secretaria.
Abg. Olga Sofía Daal
RMSG/OSD/Diana.-
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