REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Séptimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara


ACTA INSTALACION AUDIENCIA PRELIMINAR (Desistida)


ASUNTO N° KP02-L-2011-1350

PARTE ACTORA: INES MARIA LEZAMA PALACIO, venezolano, mayor de edad y titular de la cedula de identidad N° 20.186.965
PARTE DEMANDADA: Sociedad Mercantil INVERSIONES 2102, C.A. (Cerezos)
ABOGADO DE LA PARTE DEMANDADA: AYMARA BRACHO, inscrita en el Inpreabogado bajo el 138.706
MOTIVO: PRESTACIONES SOCIALES

Hoy 27 de octubre del 2011 siendo las 9:30 AM, día y hora fijado para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, el alguacil GABRIEL MARTINEZ paso anunciar la misma, mediante tres (3) llamados; NO COMPARECIENDO la parte actora ciudadana INES MARIA LEZAMA PALACIO, ni por si ni por medio de representante legal alguno. Se deja constancia de la presencia del abogado de la parte demandada AYMARA BRACHO, inscrita en el Inpreabogado bajo el 138.706. Por lo que en este estado la Juez como directora del proceso procede a dictar sentencia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y con la autoridad que le confiere la Ley declarando DESISTIDO el procedimiento debido a la inasistencia de la parte demandante; consecuencias jurídicas estas previstas en el Artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo; indicando que según el parágrafo Primero del mismo artículo, solo se extingue la instancia y que la parte actora, deberá dejar transcurrir los noventa (90) días continuos para volver a proponer la demanda. Es todo. Se termino y Conformes firman

LA JUEZ,


Abg. EUGENIA MARIA ESPINOZA PIÑANGO


EL DEMANDADO,


LA SECRETARIA

ABOG MARGARETH SANCHEZ