REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS IRIBARREN, CRESPO Y URDANETA

En fecha 07/11/2011, se trasladó el Tribunal a fin de cumplir la Comisión en la siguiente dirección: Urb. La Nueva Paz Avda. 2 con Calle 3B Casa N° 2-29, Barquisimeto. El Tribunal notificó a la Ciudadana: Vilma Sagrario Rodríguez, manifiesta que cancelará la deuda de 39.000 Bs., en 3 pagos mensuales y consecutivos de 13.000 Bs., cada uno hasta su cancelación a partir de la presente fecha, siendo el primer pago el 30/11/2011 y así sucesivamente. Se juramenta a Perito y Depositario. La Parte Actora señala bienes a embargar. El Perito los valora en 9.300 Bs. El Tribunal los embarga Preventivamente hasta por el monto indicado. La Notificada asistida del Abogado Andy Enrique I.P.S.A., N° 92.402, lo deja en uso de la palabra para ofrecer convenio de pagoen la forma que supra se indicó. La Parte Actora acepta el convenio de pago en la forma indicada. Ambas partes convienen que dichos pagos se harán en la oficina de la parte actora, que se dejen los bienes embargados en custodia de la Notificada, que el incumplimiento de una de las obligaciones hará exigible la totalidad de la obligación y de llegarse a remate el mismo se hará con un Perito y un solo cartel de remate. El Tribunal da por concluida su misión y regresa a su sede siendo las 4:15 p.m.