REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, veintinueve de noviembre de dos mil once
201º y 152º

ASUNTO : KP02-V-2010-003857

Vista la presente demanda de PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA intentada por el ciudadano GREGORIO GERARDO MOSQUERA MONTES DE OCA, mayor de edad, venezolano, titular de la cédula de identidad No. 2.237.595, se observa que desde el auto de fecha día 25/10/2010, fecha en la cual se dicto auto solicitado la consignación de los recaudos en originales o copias certificadas, hasta la presente fecha, no se le dio impulso procesal. En consecuencia, se declara terminado el procedimiento. Déjese copia.

La Juez

MARILUZ JOSEFINA PÉREZ
La Secretaria

ELIANA HERNÁNDEZ SILVA

MJP/Milagro