REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIONES DE CONTROL DEL L.O.P.N.A. EXTENSIÓN BARQUISIMETO.





REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL

CIRCUITO JUDICIAL PENAL
CIRCUNSCRIPCION DEL ESTADO LARA
TRIBUNAL DE CONTROL
(SECCIÓN DE ADOLESCENTES)

Barquisimeto, 28 de Noviembre del 2011


ASUNTO: KP01-D-2010-000751


Corresponde a este Tribunal pasar a fundamentar la decisión en la cual acordó extender la medida cautelar de presentación a cada 60 dias, a favor del adolescente DATOS OMITIDOS.

A tal efecto este tribunal observa:

En el día de hoy siendo la hora indicada, se celebro audiencia de conformidad con lo dispuesto en el articulo 313 del Código Orgánico Procesal Penal, es decir se le fija al Ministerio Publico un plazo para culminar la investigación, así mismo se reviso la medida de presentación, en la referida audiencia se acordó: Primero: Se le concede un plazo de 120 días para que la fiscalia del MP presente el acto conclusivo a que hubiere lugar lo cual vence el día 27/03/2012. Segundo: Acuerda extenderle la medida de presentación a cada 60 días por ante la taquilla de Presentación de imputados.
Ahora bien, quien juzga otorga al Ministerio Publico un plazo de 120 dias en razón que plantea el Ministerio Publico que aun faltan diligencias por practicar a los fines de recabar los elementos de convicción que inculpen o exculpen al adolescente y así presentar el acto conclusivo correspondiente. Por otro lado de conformidad con lo establecido en el artículo 264 del Código Orgánico Procesal penal, por remisión expresa del artículo 537 de la LOPNA se paso a revisar la medida de presentación y verificado el sistema JURISS 2000 se constato que el joven ha dado fiel cumplimiento a la medida impuesta en razón a lo cual se acuerda mantener la medida de presentación y extenderla a cada 60 dias. Así se decide.

DECISION.

Este Tribunal en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley: decide: PRIMERO: Primero: Se le concede un plazo de 120 días para que la fiscalia del MP presente el acto conclusivo a que hubiere lugar lo cual vence el día 27/03/2012. Segundo: Acuerda extenderle la medida de presentación a cada 60 días por ante la taquilla de Presentación de imputados. Cúmplase.

LA JUEZ DE CONTROL Nº 2


ABOG. FLORANGEL MONASTERIOS

SECRETARIA