REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Juzgado Primero de Primera Instancia de Medicación y Sustanciación
Carora, veintitrés de noviembre de dos mil once
201º y 152º
ASUNTO: KP12-J-2011- 000470
Demandante: Sonia Coromoto Páez Rodríguez, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad Nº V-6.254.399.
Motivo: RECTIFICACION DE PARTIDA DE NACIMIENTO
Visto que en fecha 15 de noviembre de 2011, se admitió la presente SOLICITUD, tal y como lo indica el artículo 457 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes y se ejerció el despacho saneador, ordenándose a la solicitante que aclarara los términos de la solicitud, aclarando en dicho lapso el petitorio, habiéndose vencido el lapso concedido para que cumpliera con lo ordenado, se observa que la solicitante no ha cumplido con lo ordenado por este Juzgado. En consecuencia se declara la INADMISION SOBREVENIDA, por ser imposible seguir adelante con la presente solicitud sin la subsanación ordenada. Es todo y en consecuencia se ordena el archivo del presente asunto.
LA JUEZ PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE
MEDIACION Y SUSTANCIACION
Abg. LUISA CRISTINA GONZALEZ CAMPOS
LA SECRETARIA (S)
Abg. MARYHE ALVAREZ
En esta misma fecha se registró bajo el Nº 587-2.011 y se publicó siendo las 11:16 a.m.
LA SECRETARIA (S)
Abg. MARYHE ALVAREZ
KP12-J-2011- 000470
|