PODER JUDICIAL
Juzgado Séptimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
AUDIENCIA PRELIMINAR (DESISTIDA)
ASUNTO Nº KP02-L-2011-791
PARTE ACTORA: JOHANNA LIMA PARIATA, venezolano, mayor de edad y titular de la cedula de identidad Nº 12.061.947
ABOGADO DE LA PARTE ACTORA: MIGUEL TORRES, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 115.396, en su carácter de Procurador del Trabajo
PARTE DEMANDADA: Sociedad Mercantil LIBRERIA VENEZUELA 2005, C.A representada por la ciudadana GREMNY GARCIA GOMEZ, titular de la ceduela de identidad Nº 7.985.230
ABOGADO DE LA PARTE DEAMANDADA: LUCINDO HERRERA, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 90.086
MOTIVO: PRESTACIONES SOCIALES
Hoy 15 de NOVIEMBRE del 2011 siendo las 9:00 AM, día y hora fijado para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, el alguacil CARLOS SABALLO paso anunciar la misma, mediante tres (3) llamados; NO COMPARECIENDO la parte actora, ni por si ni por medio de representante legal alguno. Se deja constancia de la presencia del abogado MIGUEL TORRES, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 115.396, en su carácter de Procurador del Trabajo, quien no posee poder que lo acredite como representante de la parte actora; dado que el poder que riela en autos, no aparece su nombre. Así mismo comparece, por la parte demandada su apoderado abogado LUCINDO HERRERA, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 90.086. Por lo que en este estado la Juez como directora del proceso procede a dictar sentencia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y con la autoridad que le confiere la Ley declarando DESISTIDO el procedimiento debido a la inasistencia de la parte demandante; consecuencias jurídicas estas previstas en el Artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo; indicando que según el parágrafo Primero del mismo artículo, solo se extingue la instancia y que la parte actora, deberá dejar transcurrir los noventa (90) días continuos para volver a proponer la demanda. Es todo. Se termino y Conformes firman
.
LA JUEZ
ABOG EUGENIA MARIA ESPINOZA PIÑANGO
EL PROCURADOR EL DEMANDADO
LA SECRETARIA
ABOG MARGARETH SANCHEZ
|