REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Tránsito del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar
Ciudad Bolívar, dieciocho de noviembre de dos mil once
200º y 151º
ASUNTO: FH02-X-2011-000063
Asunto Principal: FP02-V-2011-001487
Por cuanto se encuentran llenos los requisitos de Ley, este Tribunal decreta, de conformidad con lo establecido en el artículo 748 del Código de Procedimiento Civil, medida preventiva de embargo sobre el treinta por ciento (30%) de las prestaciones sociales, así como también de las vacaciones, bono vacacional, utilidades, fideicomiso, bonos, caja de ahorros y cualquier otro beneficio que pudieran corresponder el demandado y la retención del veinticinco por ciento (25%) del salario básico que devenga José Felipe Velásquez Bermúdez, quien desempeña sus servicios en la empresa Ferrominera Orinoco, C.A. con sede en Ciudad Piar, a tales efectos se ordena comisionar suficientemente al Juzgado Ejecutor de Medidas de los Municipios Heres y Raúl Leoni del Estado Bolívar e Independencia del Estado Anzoátegui del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar. Líbrese la comisión y oficios correspondientes.-
El Juez,
Abg. Manuel Alfredo Cortés.-
La Secretaria Accidental,
T.S.U. Lerys Barreto Escorche.-
En esta misma fecha se libraron comisión junto a los oficios Nº 025-747/2.011 y 025-748/2.011.
La Secretaria Accidental,
T.S.U. Lerys Barreto Escorche.-
MAC/SCH/yinet.
Resolución Nº PJ0192011000395
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