REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Circuito Judicial Civil de Ciudad Bolívar
Juzgado Tercero del Municipio Heres del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar.
Ciudad Bolívar, 21 de Noviembre de 2011.
201º y 152º
ASUNTO PRINCIPAL: FP02-S-2011-003246
Resolución Nº: PJ0262011000299
Vista la anterior solicitud DECLARACION DE UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS presentada por la ciudadana: BRISEIDA DEL CARMEN GUZMAN DE SANTAMARIA venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 11.175.377 de este domicilio, debidamente asistido en este acto por el ciudadano: RONNY A. MOTA G. abogado en ejercicio inscrita en inpreabogado bajo el Nº 168.940 de este domicilio, mediante la cual solicita se le declare a la ciudadana: BRISEIDA DEL CARMEN GUZMAN DE SANTAMARIA, como única y universal heredera del de cujus, JOSE DEL CARMEN GARCIA SANTAMARIA, este Tribunal a los fines de pronunciarse sobre la admisibilidad observa:
En el presente caso se observa que la solicitante no acompañó copia certificada del acta de defunción del de-cujus JOSE DEL CARMEN GARCIA SANTAMARIA en la cual fundamenta la presente solicitud, cuestión por la cual este Tribunal TERCERO DEL MUNICIPIO HERES DEL PRIMER CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLÍVAR, en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Declara Inadmisible la presente solicitud. Así se decide.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada de la presente decisión interlocutoria en este Juzgado.
Dada firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Tercero del Municipio Heres del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, a los veintiún (21) días del mes de Noviembre del año dos once (2011) Años: 201° de la Independencia y 152° de la federación.
El Juez,
Dr. Noel Aguirre Rojas
La Secretaria,
Abg. Helene Lanz Golding
La anterior decisión interlocutoria fue publicada en su misma fecha, siendo las diez y cuarenta y cinco minutos de la mañana (10:45 a.m.).
La Secretaria,
Abg. Helene Lanz Golding
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