REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
CIRCUITO JUDICIAL CIVIL DE CIUDAD BOLÍVAR
JUZGADO SEGUNDO DEL MUNICIPIO HERES
PRIMER CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL
ESTADO BOLÍVAR
Ciudad Bolívar, 08 de noviembre de 2011
RESOLUCION N°: PJ0252011000361
ASUNTO: FP02-M-2011-000071
Vista la diligencia de fecha 01-11-2011, suscrita por la ciudadana SOLANY YACKELYN BELIZARIO FUENTES, asistida por la abogada JEYSODELVA FLORES, ambas identificadas en autos, este tribunal observa:
Que este tribunal en fecha 18-10-2011, fijó un lapso de TRES DÍAS, a los fines que la parte actora subsanara en su libelo de demanda lo referente a la denominación o razón social y los datos relativos a su creación o registro y realizar la conversión de estimación de bolívares en unidades tributarias, todo de conformidad con el artículo 642 del Código de Procedimiento Civil.
Que habiendo precluido el lapso fijado, la parte actora procedió a subsanar de manera extemporánea, mediante diligencia de fecha 01-11-2011, es decir, subsanó seis (06) días después.-
Por lo antes expuesto este tribunal DECLARA INADMISIBLE la demanda por COBRO DE BOLÍVARES (VÍA INTIMACIÓN), incoada por la ciudadana SOLANY YACKELYN BELIZARIO FUENTES contra la empresa STUDIO DE BELLEZA YSABELLA, C.A.-
El Juez Provisorio,
Abg. ORLANDO TORRES ABACHE
La Secretaria Temporal,
Abg. INOCENCIA LINERO DE CÁRDENAS
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