En el día hábil de hoy 16 de mayo de 2011, siendo las 02:30 p.m, oportunidad fijada para que tenga lugar la audiencia extraordinaria en fase de ejecución, se deja constancia de que se encuentra presente la parte actora ALBERTO JOSE AGUILAR PALACIOS acompañado por su apoderada judicial Abogada MAGALY RODRIGUEZ, y por la parte co-demadada Grupo Espinoza Yépez C.A., el ciudadano CESAR ESPINOZA, titular de la Cédula de Identidad Nº 7.159.482, asistido por la abogada MARIA EUGENIA ESPINOZA, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 102.097,. Igualmente se encuentran presentes el Licenciado José Gregorio López, titular de la Cédula de Identidad Nº 7.418.870, experto designado en la causa y el Perito, WILLIAMS VEGA, titular de la Cédula de Identidad Nº 14.404.145, dándose inicio al acto. La juez procedió a impartir las bases por las cuales se iba a llevar a cabo la audiencia. Seguidamente, las partes manifiestan sus defensas tanto en hechos como en derecho, posiciones que se avalan con el cúmulo probatorio que cada uno de ellos posee, sin embargo, la juez realizó todas las funciones de conciliación y mediación que le correspondían dentro de sus atribuciones tomando como referencia los mismos elementos probatorios analizados por las partes, obteniendo de las partes que alcanzaran un ACUERDO, con el objetivo de dar fin al presente proceso por vía del uso de los medios alternos de resolución de conflictos, el cual se encuentra en fase de ejecución, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, el artículo 3 de la Ley Orgánica del Trabajo, los artículos 9 y 10 de su Reglamento, y los artículos 1.713 y siguientes del Código Civil.-
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