REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, diecinueve de mayo de dos mil once
201º y 152º

ASUNTO : KP02-F-2011-000454


Vista la Solicitud de Divorcio por Ruptura Prolongada de la vida en común de conformidad con lo establecido en el articulo 185-A del Código de Civil, presentada por la ciudadana ROSA ELENA DEL VALLE MARQUEZ VELIZ, Venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 2.786.372, contra el ciudadano ROGER FERNANDO JIMÉNEZ DALLA, Venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 2.582.406, de este domicilio, este Tribunal observa que conforme lo dispone la Resolución Nº 2009-0006 de fecha 18-03-2009 dictada por la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia y publicada en Gaceta Oficial Nº 39.152 de fecha 02-04-2009, el conocimiento del presente asunto corresponde a los Juzgados de Municipio en forma exclusiva y excluyente, razón por la cual este Tribunal se DECLARA INCOMPETENTE para conocer de la presente solicitud en razón de la materia. En consecuencia, una vez precluya el lapso establecido en el artículo 69 del Código de Procedimiento Civil sin que se interponga el recurso de ley contra la presente decisión, se procederá a remitir la presente causa a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos para su distribución entre los Juzgados de Municipio Iribarren del Estado Lara.-
La Juez

MARILUZ JOSEFINA PEREZ
La Secretaria

ELIANA HERNÁNDEZ SILVA
Se publicó en la misma fecha y se dejó copia.
La Sec.
MJP/Milagro