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REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
 
 PODER JUDICIAL
 Tribunal de Juicio de Barquisimeto
 Barquisimeto, 11 de mayo de 2011
 201º y 152º
 
 Asunto: KK01-P-2006-006978
 
 ACTA DE INHIBICION
 
 Corresponde a este Tribunal pasar a fundamentar inhibición en el presente asunto,  observando esta juzgadora en fecha 24 de Mayo de 2010, conocí del presente Asunto cuando estuve a cargo del Tribunal 5to. De Control.  Motivo por el cual me encuentro incursa en la causa establecida en el artículo 86 Ordinal 7mo., en relación con el artículo 87 del Código Orgánico Procesal Penal, por lo que procedo a INHIBIRME del presente asunto por haber emitido opinión, al conocer del  mismo por las circunstancias expuestas.
 
 En consecuencia de la Presente Inhibición se ordena abrir cuaderno de incidencias que se remitirá a la Corte de Apelaciones de este Circuito Judicial Penal de esta Circunscripción Judicial, en el que se anexará copia certificada de la presente Inhibición, y de los folios de la causa principal citados en esta Acta, a los fines legales consiguientes, remítase igualmente a la Secretaria de este Tribunal, las actuaciones inherentes a la causa, a los fines de su correspondiente distribución sin mas dilación a otro Juez de Juicio que habrá de  conocer del asunto Principal. De conformidad con lo establecido en el articulo 94 del Código Orgánico Procesal Penal.
 Notifíquese. Regístrese y Publíquese
 
 JUEZ DE JUICIO Nº 06
 
 ABG. MARISOL LÓPEZ GONZÁLEZ
 
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