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REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
 
 
 PODER JUDICIAL
 CIRCUITO  JUDICIAL PENAL
 CIRCUNSCRIPCIÓN  JUDICIAL DEL ESTADO LARA
 Barquisimeto, 18 de  Mayo  de  2011
 Años: 200º y 151º
 
 ASUNTO PRINCIPAL: KP01-P-2010-014036
 Revisada la presente causa y visto el escrito presentado por  el imputado YIMBER ELIEZER ADJUNTA ALVAREZ, titular de la Cédula de Identidad N° V-21.727.588,  a quien la fiscalía  le imputó la presunta comisión del delito de DISTRIBUCION ILICITA DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, previsto en el artículo 149 de la Ley Orgánica de Drogas;  mediante  el cual  solicita la extensión de las presentaciones, en razón a que estudia, trabaja y vive en el Municipio Urdaneta.
 Este tribunal a los fines de determinar la procedencia de lo solicitado,  observa  de la revisión del sistema que la imputación fiscal se realizó en fecha 30/09/2010,    sin que la representación fiscal haya concluido la fase de investigación, encontrándose dentro del lapso  legal; en el mismo orden, se verifica del sistema que el  imputado  ha cumplido con sus presentaciones por lo que se encuentra sujeto al proceso, y verificado los recaudos anexos, considera quien aquí decide,  en garantía de los derechos que tiene el imputado de trabajar y estudiar, así como del principio de inocencia y  del principio de juzgamiento en libertad, lo  procedente es declarar con lugar la solicitud y revisar la medida de coerción impuesta  y  extender el lapso de las presentaciones  a cada Cuarenta y cinco  (45) días, de conformidad con lo previsto en los artículos 256 numeral 3º y 264 del Código Orgánico Procesal Penal.  ASI SE DECIDE.
 DISPOSITIVA
 Este Juzgado Octavo de Primera Instancia en Función de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Lara,  Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con el artículo  256 numeral 3º y 264 del Código Orgánico Procesal Penal,  DECLARA  CON LUGAR  la solicitud y revisa la medida de presentación a favor de YIMBER ELIEZER ADJUNTA ALVAREZ, titular de la Cédula de Identidad N° V-21.727.588, y se le  EXTIENDEN  las presentaciones a cada cuarenta y cinco  (45) días a partir de la presente fecha, quien  fue imputado por la presunta comisión del delito de DISTRIBUCION ILICITA DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, previsto en el artículo 149 de la Ley Orgánica de Drogas.  Líbrese las Boletas. Notifíquese a las partes.  Regístrese. Publíquese. Cúmplase.
 El JUEZ OCTAVA  DE  CONTROL
 
 Abg.  ALEXANDER GODOY JUAREZ
 
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