SOLICITANTE: ELVIRA ROSA MENDOZA DE TORREALBA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-10.960.408, domiciliada en el Caserío El Volcán, Parroquia Hilario Luna, Municipio Moran, Estado Lara. Asistida por los abogados en ejercicio JESUS ALBERTO LATIEGUE LEMOS y MARY FRANCIS BENITEZ HUERTA, Impreabogados Nos. 140.853 y 136.138, respectivamente.-
BENEFICIARIAS: (Identidad omitida conforme al Art. 65 de la Ley Orgánica de Protección del Niño, Niña y Adolescente)..-
Motivo: Autorización judicial.
En fecha 05 de agosto de 2010, la ciudadana ELVIRA ROSA MENDOZA DE TORREALBA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-10.960.408, actuando en representación de sus hijas (Identidad omitida conforme al Art. 65 de la Ley Orgánica de Protección del Niño, Niña y Adolescente)., presentó solicitud en la cual indicó la solicitante, consta en documento original autenticado por ante la Notaria Publica del Tocuyo, Municipio Moran, Estado Lara, de fecha 29 de septiembre de 2006, signado bajo el Nº 74, Tomo 25, a nombre de la niña (Identidad omitida conforme al Art. 65 de la Ley Orgánica de Protección del Niño, Niña y Adolescente)., de la adolescente (Identidad omitida conforme al Art. 65 de la Ley Orgánica de Protección del Niño, Niña y Adolescente), mayor de edad, las dos primeras, representada por la solicitante madre de las beneficiarias de autos, ciudadana ELVIRA ROSA MENDOZA DE TORREALBA, ya identificada, las denomina las propietaria de un (01) vehiculo PLACA: 650XFG; SERIAL DE CARROCERIA: FJ45946757; SERIAL DE MOTOR: 2F867303; MARCA: TOYOTA; MODELO: LAND CRUISER; AÑO: 1985; COLOR: AZUL; CLASE: RUSTICO; TIPO: PICK-UP; USO: CARGA, es por lo que solicito Autorización Judicial por ante el Instituto Nacional de Transito y Transporte, el cambio de nombre del propietario anterior LAZARO ANTONIO TORREALBA PEREZ, y colocarlo a mi nombre ELVIRA ROSA MENDOZA DE TORREALBA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-10.960.408, en condición de representante legal y madre de las beneficiarias de autos, ya identificadas, anexo a su solicitud copia simple de las partidas de nacimientos de las beneficiarias, copias certificadas de las actas de nacimiento de las beneficiarias, así como el documento protocolizado por ante la Notaria Publica del Tocuyo, de la venta del vehiculo de las beneficiarias de autos.
En fecha 29 de septiembre de 2010, se admitió la solicitud cuanto ha lugar en derecho, por no ser contraria al orden público, a las buenas costumbres o alguna disposición expresa de la ley, se acordó requerir copias certificadas de las partidas de nacimientos de las beneficiarias.
En fecha 07 de diciembre de 2010, la parte interesada consigna copias certificadas de las partidas de nacimientos de las beneficiarias.
En fecha 10 de diciembre de 2010, comparece la ciudadana MARIELBIS ANDREINA TORREALBA MENDOZA, ya identificada, hija mayor de la solicitante, manifiesta estar de acuerdo con la solicitud de la madre.
En fecha 17 de diciembre de 2010, comparecen por ante este Tribunal, la niña (Identidad omitida conforme al Art. 65 de la Ley Orgánica de Protección del Niño, Niña y Adolescente)., de la adolescente (Identidad omitida conforme al Art. 65 de la Ley Orgánica de Protección del Niño, Niña y Adolescente)., de conformidad con lo previsto en el articulo 80 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y Adolescente.-
Este Juzgado para decidir observa:
A los folios Nos cuatro (04) y cinco (05) de autos, consta que las beneficiarias de autos ORIANNA ALEXANDRA, MILENNY JOSEFINA son propietaria del vehiculo ya descrito anteriormente, actualmente esta a nombre del ciudadano LAZARO ANTONIO TORREALBA PEREZ. Ahora bien, en virtud a lo manifestado, solicito autorización para hacer efectivo el cambio de nombre del propietario anterior, ya identificado por ante el Instituto Nacional de Transito y Transporte, y colocarlo a nombre de la ciudadana ELVIRA ROSA MENDOZA DE TORREALBA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-10.960.408, en condición de representante legal y madre de las beneficiarias de autos, este Juzgado Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Lara, con sede en la ciudad de Barquisimeto, concede la autorización solicitada. Así se decide. Se prescinde la audiencia por resultar inoficiosa y se atiende al principio de celeridad y economía procesal.
DECISIÒN

Llenos los requisitos exigidos, considerando este Juzgado de conformidad con la norma del artículo 267 del Código Civil, que le corresponden en su condición de beneficiarias a la niña (Identidad omitida conforme al Art. 65 de la Ley Orgánica de Protección del Niño, Niña y Adolescente)., de la adolescente MILENNY JOSEFINA, ante el Instituto Nacional de Transito y Transporte, hacer el cambio de propietario del vehiculo PLACA: 650XFG; SERIAL DE CARROCERIA: FJ45946757; SERIAL DE MOTOR: 2F867303; MARCA: TOYOTA; MODELO: LAND CRUISER; AÑO: 1985; COLOR: AZUL; CLASE: RUSTICO; TIPO: PICK-UP; USO: CARGA, a nombre de la ciudadana ELVIRA ROSA MENDOZA DE TORREALBA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-10.960.408, en condición de representante legal y madre de las beneficiarias de autos, este Juzgado Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Lara con sede en Barquisimeto, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, autoriza suficientemente a la ciudadana ELVIRA ROSA MENDOZA DE TORREALBA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-10.960.408, en condición de representante legal y madre de las beneficiarias de autos para gestionar ante el Instituto Nacional de Transito y Transporte, hacer el cambio de propietario del vehiculo, ya descrito, que les corresponden a las beneficiarias de autos ya identificadas. Así se decide.
Regístrese y publíquese.
Dada, firmada y sellada en el Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial de Protección del Niño, Niña y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Lara, con sede en Barquisimeto, a los veintiséis (26) días del mes de mayo de dos mil once (2011). Años: 201° y 152°.
LA JUEZ PRIMERO DE MEDIACIÒN Y SUSTANCIACIÒN
Abg. ALIDA VILLASANA DE ANDUEZA
La Secretaria.
En esta misma fecha se registro bajo el Nº 01443-2.011, siendo las 10:17 a.m.-