REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Circuito Judicial del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional
Juez del Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes
Caracas, seis (06) de mayo de dos mil once (2011)
201º y 152º

ASUNTO: AP51-S-2009-005461
Revisadas cuidadosamente las actas procesales que conforman el presente asunto y en especial la diligencia de fecha 04 de abril de 2011, presentada por la ciudadana BEATRIZ ROSALES RAMIREZ, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad N° V-15.837.347, asistida por la abogada YENNY GUERRERO, Defensora Pública Sexta de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, mediante la cual solicitó se le autorice a retirar el monto de DOS MIL BOLÍVARES (Bs.2.000,00), a los fines de sufragar los gastos básicos de su hija (De conformidad con el Artículo 65 de la LOPNNA, se omiten todos aquellos datos o informaciones que de manera directa o indirecta identifiquen a los Niños, Niñas o Adolescentes), ya que se encuentra desempleada y en un Núcleo de Desarrollo Endógeno en condición de refugiada. En consecuencia, este Tribunal, en AUTORIZA a la ciudadana BEATRIZ ROSALES RAMIREZ, antes identificada a retirar de la cuenta de ahorros Nº 0003-0081-12-0100463169, aperturada en el Banco Industrial de Venezuela a nombre de la ciudadana BEATRIZ ROSALES RAMIREZ, para que retire de la institución antes mencionada lo que hace la suma de DOS MIL BOLÍVARES (Bs.2.000,00), y posteriormente consigne los soportes en los que utilizó dichos fondos. En consecuencia se acuerda oficiar a la Oficina de Control de Consignaciones, a fin de informarle lo aquí decidido. En cuanto a la solicitud de solicitud de cheque, esta se proveerá por auto separado. Cúmplase.
LA JUEZA

ABG. ROSA YAJAIRA CARABALLO
LA SECRETARIA

ABG. KARINA BORREGO

RC/KB/B