REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Octavo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Coordinación del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Años 200º y 152º
ASUNTO: KP02-L-2010-001325
PARTE ACTORA: FRANCISCO ALEXANDER GRATEROL GONZALEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. 11.669.093
ABOGADO APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDANTE: LUIS ALBERTO HERNANDEZ BOWEN, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 116.311
PARTE DEMANDADA: DISTRIBUIDORA EDITORIAL PADRON C.A.
ABOGADOS APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: ANA SONSIRE MARIN FERMIN y GUSTAVO JOSE MARQUEZ SORONDO, inscritos en el Inpreabogado bajo el Nro. 136.122 y 108.790
MOTIVO: PRESTACIONES SOCIALES
Hoy, 2 de Mayo de 2011 siendo las nueve de la mañana (9:00 a.m.) día y hora fijado para que tenga lugar la prolongación de la Audiencia Preliminar, anunciado como fue el acto por el alguacil KELBIS CRESPO la parte actora, FRANCISCO ALEXANDER GRATEROL GONZALEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. 11.669.093, no compareció ni por sí ni por intermedio de apoderado judicial alguno por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Octavo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo del Estado Lara, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad que le confiere la Ley y el derecho, DECLARA: DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO, en consecuencia, la parte actora no podrá volver a proponer la demanda sino hasta después de transcurridos noventa (90) días continuos, contados a partir de la fecha de publicación de la presente decisión.
La Jueza
Abg. Rosanna Blanco Lairet
La Secretaria
Abg. Yesenia Vásquez
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