REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE MUNICIPIO DECIMO EJECUTOR DE MEDIDAS

En el día de hoy, veintitrés (23) de Mayo de dos mil once (2011), siendo las nueve de la mañana (09:00 a.m.), se trasladó este Juzgado Décimo de Municipio Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, a cargo del Juez CESAR HUMBERTO BELLO, junto con el Secretario ENRIQUE GUERRA, y en compañía del abogado en ejercicio de este domicilio HUMBERTO RIVERA GARCÍA, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 44.538, a fin de practicar la medida de entrega material del siguiente bien inmueble: “un (1) local distinguido con el Nº 05, ubicado en la Calle Santa Ana con Prolongación Zuloaga, Urbanización Los Rosales, Municipio Libertador del Distrito Capital”. Dicha medida fue decretada por el Juzgado Décimo Quinto de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en el juicio que por Resolución de Contrato de Arrendamiento, sigue la ciudadana MACEDONIA GARCÍA, contra el ciudadano LUÍS ORLANDO AVILA, expediente de la causa Nº 2512. Una vez constituidos en la dirección señalada, se procedió a dar los toques de Ley correspondientes, siendo atendidos por el ciudadano LUIS ORLANDO AVILA GONZÁLEZ, titular de la cédula de identidad Nº 4.809.085, parte demandada, a quien se le impuso la misión del Tribunal. En este estado, el ciudadano LUÍS ORLANDO AVILA GONZALEZ, ya identificado, expone: “Procedo en este mismo acto, a retirar los bienes muebles que se encuentran dentro del inmueble objeto de la presente medida de entrega material, a mi propia cuenta, riesgo y responsabilidad, a un guarda muebles privado..Es todo”. En este estado, el Tribunal, visto que el inmueble objeto de la presente medida se encuentra libre de bienes y personas, procede a realizar la entrega material, real y efectiva del mismo, y lo pone en posesión de la ciudadana MACEDONIA GARCÍA, en la persona de su apoderado judicial Abogado HUMBERTO RIVERA GARCÍA, quien lo recibe en este acto. En este estado, el Tribunal, cumplida como ha sido la misión encomendada, ordena remitir la presente comisión con sus resultas al Tribunal de la causa, el regreso a la sede de este Juzgado, y el cierre de la presente acta, siendo las tres y diez minutos de la tarde (03:10 p.m.). Es todo. Terminó. Se leyó y conformes firman.
EL JUEZ,


EL APODERADO ACTOR,


EL NOTIFICADO,


EL SECRETARIO,





EXP. 11-3011 (EJECUTOR)
EXP. 2512 (CAUSA)
CHB/EG/.