Hoy, 02 de Marzo de 2011, siendo las diez de la mañana (10:00 a.m.) oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar en la presente causa, comparecen por ante este Tribunal, por la parte actora, el ciudadano EDUARDO GONZALEZ NIEVES, asistido de la abogada KEYLA OLIVEIRA; y por la parte demandada PROYECTOS INDUSTRIALES, C.A. (PROINDUSCA) y solidariamente DONALDO MENDEZ., su apoderada judicial, abogada FRANCIA YAÑEZ QUINTERO. Dándose inicio a la Audiencia preliminar. Ahora bien, ambas partes luego de la revisión minuciosa realizadas al acervo probatorio traídas al proceso por ambas partes, se dejo constancia de lo siguiente:

PRIMERO: De la revisión de los recibos presentados por la parte demandada, se evidencia que al ciudadano EDUARDO JOSE GONZALEZ, le fueron cancelados lo relativo a las vacaciones de cada año demandadas, así como la antigüedad, bono vacacional fraccionado y utilidades.

SEGUNDO: Toma la palabra la parte actora debidamente asistido, quien reconoce el pago efectuado por la empresa por todos los conceptos demandados y asimismo manifiesta que nada queda a reclamar ni por este, ni por ningún otro concepto derivado de la relación laboral que le unió con la demandada por lo que desiste en el presente acto del presente procedimiento incoado en su contra.

Este Tribunal, visto la manifestación expresa y voluntaria efectuada por el ciudadano EDUARDO JOSE GONZALEZ, y por cuanto la misma no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, decide HOMOLOGAR EL PRESENTE DESISTIMIENTO, efectuado en este acto por la parte actora; dándole efectos de Cosa Juzgada. Se ordena el archivo oportuno del expediente. Emítase copias a las partes.

LA JUEZ


ABG. YRAIMA BETANCOURT RONDON


LA SECRETARIA

ABG. ANNIELY ELIAS CORONA


POR LA PARTE DEMANDANTE,
POR LA PARTE DEMANDADA,