REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Juzgado del Municipio Torres de la Circunscripción Judicial del Estado Lara (Carora)
Carora, veintidós de marzo de dos mil once
200º y 152º
ASUNTO: KP12-S-2011-000101.-

Vista la solicitud de Divorcio contemplada en el Articulo 185-A del Código Civil Venezolano, recibida por éste Juzgado en fecha Ocho (08) de Febrero del año Dos Mil Once (2011), presentada por los ciudadanos LEONARDO BENJAMIN MELENDEZ SUAREZ y MARY CARMEN PEREZ GOMEZ, Venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. 9.849.625 y 10.764.056, respectivamente, asistidos por la abogado en ejercicio LIGIA CLARET FIGUEROA, inscrita en el I.P.S.A. bajo el Nº 54.066, en relación a la disolución de su vínculo conyugal que mantienen, alegando que tienen mas de Cinco (05) años de ruptura prolongada de la vida matrimonial en común, que durante la unión no procrearon hijos. La misma fue admitida en fecha Once (11) de Febrero de 2.011, en donde se acordó la Citación del ciudadano Fiscal VIII del Ministerio Público. En fecha 18-02-2011, se libró la correspondiente Boleta de Citación al Fiscal VIII del Ministerio Publico. Consta al folio 06 diligencia del Alguacil en la que consigna Boleta de Citación debidamente firmada por el Fiscal VIII del Ministerio Público.