REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Juzgado del Municipio Torres de la Circunscripción Judicial del Estado Lara (Carora)
Carora, dieciocho de marzo de dos mil once
200º y 152º
ASUNTO: KP12-S-2011-000129.-

Vista la solicitud presentada por la ciudadana ANGELA HERMINIA MELENDEZ PACHECO, venezolana, mayor de edad, divorciada, titular de la Cédula de Identidad Nº 4.193.444, asistida por el Abogado en ejercicio DAMNEL RAMOS CHARVAL, inscrito en el I.P.S.A. bajo el Nº 89.164, en la cual requiere se le conceda TITULO SUPLETORIO de dominio sobre unas bienhechurías consistente en Galpón simple, constante de Un (01) baño, construido con paredes de bloque de arcilla, Estructura de la construcción de concreto; paredes de friso liso; pisos de cemento pulido, ventanas de aluminio, puertas de hierro, con sus accesorios en puertas y ventanas, en un estado de conservación bueno; en una área de construcción de CUARENTA Y CINCO CON CUARENTA Y UN METROS CUADRADOS (45,41 M2), edificadas sobre un lote de Terreno Propio Urbano, que posee una extensión de CUARENTA Y CINCO CON CUARENTA Y UN METROS CUADRADOS (45,41 M2), ubicadas en la Avenida 14 de Febrero con 05 Carrera Sol de Oriente, de esta ciudad de Carora, Municipio Torres del Estado Lara, y enmarcada dentro de los siguientes linderos: NORTE: Parcela de Angela Meléndez; SUR: Parcela de Josefina de Meléndez; ESTE: Av. 14 de Febrero y OESTE: Parcela de Angela Meléndez. Dichas bienhechurías tienen un valor de TREINTA Y CINCO MIL BOLIVARES (Bs.35.000,oo). Admitida la solicitud se acordó oír las declaraciones de los testigos que presentare la parte interesada. Examinados los recaudos presentados y oídas las declaraciones de los testigos ciudadanos CARMEN JOSEFINA SUAREZ de MELENDEZ y ARGENIS JOSE RODRIGUEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. 9.080.878 y 4.192.442, respectivamente, domiciliados la primera en la Av. 14 de Febrero, entre Calles Contreras y Sol de Oriente, casa Nº 56-19 y el segundo en la Calle 19 de Abril, entre Calle Castañeda, casa S/N, de esta ciudad de Carora Municipio Torres del Estado Lara, las cuales son valoradas por este Tribunal como plena prueba por ser contestes en sus afirmaciones.