REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
Juzgado del Municipio Andrés Eloy Blanco
de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Sanare, 03 de Marzo del 2.011
Años: 200° y 152°
PARTES: DULCE BARRETO contra JOSE ANGEL LUCENA COLMENAREZ
BENEFICIARIA: MARIANGEL JOSEFINA, JOSE ANGEL y xxxx LUCENA BARRETO
MOTIVO: EXTINCION DE LA OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN
Previa revisión exhaustiva del presente expediente y por cuanto en diligencia suscrita por la demandante en la presente causa ciudadana DULCE BARRETO, rielante a los folios 56 y 57 en la presente causa; en la cual consigna acta de defunción signada bajo el Nº 45 llevada en los libros de Registros de defunciones del Registro Civil del Municipio Andrés Eloy Blanco durante el año 2010; del demandado en la presente causa ciudadano JOSE ANGEL LUCENA COLMENARES; lo cual evidencia que el demandado falleció el día 23 de Junio del 2010, en esta población de Sanare. Este Tribunal luego de verificar el acta de defunción mencionada; Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y en aplicación del artículo 383 literal a de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes SE DECLARA EXTINGUIDA la obligación de manutención por parte del ciudadano JOSE ANGEL LUCENA COLMENARES en beneficio de sus hijos MARIANGEL JOSEFINA, JOSE ANGEL y xxxx LUCENA BARRETO. El Tribunal ordena la remisión del presente expediente al archivo Judicial. ASI SE DECIDE. Cúmplase.-
El Juez Provisorio,
Abog. Ender Rojas.
La Secretaria,
Abog. Caribay Goyo L.
Exp. Nº: 157/99