REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Primero del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, veintinueve de marzo de dos mil once
200º y 152º

ASUNTO: KP02-S-2010-003740

Vista la presente Solicitud de Autorización de Venta, presentada por el ciudadano DOMINGO JOSE MARTINEZ CARRASQUERO, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° 1.423.419, Abogado en libre ejercicio, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 3768 y de este domicilio, este Tribunal de una exhaustiva revisión y verificación a través del Sistema Juris 2000, observa que en la causa N° KP02-F-2009-1226, de la nomenclatura interna del Juzgado Tercero del Municipio Iribarren de esta misma Circunscripción Judicial, fue disuelto el vinculo matrimonial entre el solicitante, antes identificado y su cónyuge la ciudadana Maria Natividad Gómez de Martínez, venezolana, mayor de edad, y titular de la cedula de identidad N° 3.034.324, en fecha 14/07/2010, lo cual conlleva a la liquidación de la Comunidad Conyugal, por medio de la Partición de la misma, siendo este el medio idóneo para llevar a cabo lo requerido por el solicitante, en consecuencia este Juzgado Primero del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA INADMISIBLE la presente solicitud.-
El Juez Temporal,

Abg. José Alfonso Ochoa
La Secretaria,

Audrey Lorena Pinto

Seguidamente se publico siendo las: 9:30 a.m

La Sec.,