REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, diecisiete de marzo de dos mil once
200º y 152º

ASUNTO: KP02-F-2010-000859
DEMANDANTE: MAYARA DEL CARMEN GORDILLO ZERPA. Venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V-9.601.486
DEMANDADOS: GILBER ALBERTO FRIAS, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° 18.737.231.
MOTIVO: DIVORCIO.
SENTENCIA INTERLOCUTORIA DE DIVORCIO

Visto el DESISTIMIENTO de fecha 16-03-2010, presentado por la ciudadana MAYARA DEL CARMEN GORDILLO ZERPA, en el presente juicio de OFERTA REAL, desiste formalmente de la acción incoada y del procedimiento y solicita su Homologación. Ahora bien, se observa, que el anterior desistimiento se ha planteado conforme a derecho y versa sobre derechos disponibles, así como que el desistimiento fue suscrito personalmente por la parte actora, este Tribunal administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, le imparte su HOMOLOGACIÓN de conformidad con el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil. En consecuencia téngase como sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada. Archívese el expediente en su oportunidad.-

La Juez, La Secretaria.,


Abg. Eunice B. Camacho Manzano. Abg. Bianca Escalona.
EBCM/BE/a.c La Suscrita Secretaria del Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito del estado Lara CERTIFICA que la copia que antecede es traslado fiel y exacto de sus original. Fecha Ut-Supra.