REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE JUICIO. EXTENSIÓN BARQUISIMETO.

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

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TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA PENAL EN FUNCIONES DE JUICIO
CIRCUITO JUDICIAL PENAL
CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO LARA


Barquisimeto, 10 de marzo de 2011
Años: 200º y 152°

ASUNTO: KP01-P-2008-010720

REVISION DE MEDIDA CAUTELAR AMPLIACIÓN DEL REGIMEN DE PRESENTACIONES

Visto el escrito presentado por la Abg. Almarina Ferrer, en su condición de Defensora Pública Penal de la imputada Sandra Leticia Abarca, cédula de identidad Nº: 17.574.130, donde solicita de conformidad con el artículo 264 del Código Orgánico Procesal Penal el examen y revisión en cuanto a la periodicidad para presentarse, en virtud que acaba de dar a luz y esta realizando unos cursos; se observa de la revisión del Sistema Juris 2000, que la imputada de autos ha cumplido la medida cautelar de presentación cada quince (15) días, impuesta en fecha 24-08-08 , por el Tribunal de Control .

Ahora bien, luego de determinar que efectivamente la imputada Sandra Leticia Abarca, se encuentra sometido a una medida de presentación periódica, la cual está siendo cumplida con regularidad y observándose que ha transcurrido tiempo suficiente para proceder a la revisión de la medida en cuestión, tal como lo señala el artículo 264 del Código Orgánico Procesal Penal, es por lo que la solicitud efectuada por la defensa pública es considerada procedente, estimando el Tribunal que extender el lapso de presentación resultaría prudente en resguardo de los derechos de los imputados y no afectaría el proceso en sus resultas, es por ello y con fundamento en el artículo 264 del Código Orgánico Procesal Penal, que este Tribunal en funciones de Juicio, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, MODIFICA el régimen de presentación a favor de la imputada Sandra Leticia Abarca, cédula de identidad Nº: 17.574.130, por lo que el mismo deberá presentarse cada 60 días ante el Tribunal, contados a partir de la próxima presentación que conste en el Sistema Juris 2000.

Líbrense Boletas de Notificación al Fiscal del Ministerio Público, a la Defensa Privada y a la Imputada. Cúmplase y Regístrese.