REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL OCTAVO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL. EXTENSIÓN BARQUISIMETO.
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal de Control de Barquisimeto
Barquisimeto, 4 de Marzo de 2011
200º y 152º
ASUNTO PRINCIPAL : KP01-P-2010-017660
SE ADMITE LA ACUSACIÓN en contra del acusado JOSE RAFAEL BRICEÑO JUNCO Y ARGENIS RAFAEL HERNANDEZ ANTICHE, por la presunta comisión del delito de OCULTACION ILICITA DE DROGAS, previsto y sancionado en el artículo 149 de la Ley Orgánica de Drogas y adicionalmente para JOSE RAFAEL BRICEÑO JUNCO el delito de PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado en el articulo 277 del Código Penal. SEGUNDO: Asimismo SE ADMITEN LAS PRUEBAS OFRECIDAS POR LA FISCALÍA por considerarlas lícitas pertinentes y necesarios para el Juicio Oral Y Público y a las que la defensa se acoge en virtud del principio de la comunidad de la prueba. TERCERO: Se le impone nuevamente de los medios alternos a la prosecución del proceso y del procedimiento especial por admisión de hechos, seguidamente a los acusados libre de presión, apremio y coacción manifiestan cada uno por separado: JOSE RAFAEL BRICEÑO JUNCO "Yo soy inocente, es todo" Y ARGENIS RAFAEL HERNANDEZ ANTICHE "Yo soy inocente, es todo".