REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL OCTAVO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL. EXTENSIÓN BARQUISIMETO.

vista la Acusación presentada por el Ministerio Público y los fundamentos de la Acusación y por cuanto verificada, la misma cumple con los requisitos del articulo 326 del Código Orgánico Procesal Penal, visto los fundamentos presentados por la fiscalía en la acusación de donde surgen los elementos de convicción de la presunta participación del acusado en los hechos imputados es por lo que SE ADMITE PARCIALMENTE LA ACUSACIÓN en contra del acusado ROBERTH JESUS NAVARRO FLORES, y se cambia la calificación fiscal por el delito de APROVECHAMIENTO DE VEHICULO, previsto y sancionado en el artículo 9 de la Ley Sobre el Robo y Hurto de Vehículo Automotor. SEGUNDO: Asimismo SE ADMITEN LAS PRUEBAS OFRECIDAS POR LA FISCALÍA por considerarlas lícitas pertinentes y necesarios para el Juicio Oral Y Público y a las que la defensa se acoge en virtud del principio de la comunidad de la prueba. TERCERO: Se le impone nuevamente de los medios alternos a la prosecución del proceso y del procedimiento espe