| 
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
 
 PODER JUDICIAL
 
 Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de Barquisimeto
 Barquisimeto, dieciséis de marzo de dos mil once
 200º y 152º
 
 ASUNTO: KP02-S-2008-012817
 
 Vista la solicitud de declaratoria de Únicos y Universales Herederos formulada por la ciudadana ENMA YOSIMAR FRANCO GOMEZ, titular de la cédula de identidad Nº 17.348.074 actuando en nombre propio y en  representación de los ciudadanos, MARIA ISABEL FRANCO ALVAREZ, CARMEN ALICIA FRANCO ALVAREZ, GIL FERNANDO FRANCO ALVAREZ, ENMA YOSIMAR FRANCO GOMEZ, YADEIBIS ELIANA FRANCO GOMEZ, YONNY DE JESUS FRANCO GOMEZ, JOHAN ENRIQUE FRANCO GOMEZ, JOHANA ELISMAR FRANCO GOMEZ, YOINER ALEXANDER FRANCO GOMEZ, IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD  CON EL ARTICULO 65 DE LA LEY ORGANICA PARA LA PROTECCION DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES, de cuarenta y uno (41) treinta y ocho (38)  treinta y siete (37), veintiséis (26)  veinticinco (25) veinticinco (25)  veintidós (22) veintiuno (21) diecinueve (19) diecisiete (17) seis (06)  años de edad en su orden, titulares de la cédula de identidad Nº V-9.629.062, 12.434.772, 12.022.746, 17.348.074, 17.348.073, 18.737.944, 18.863.114, 18.863.123,21.725.761, 24.325.354, asistidos en este acto por la Abogada DELIA RIVERO DE CESAR, IPSA Nº 20.584, en la que solicita se le expida declaración de Únicos y Universales Herederos del ciudadano GIL FERNANDO FRANCO, quien falleció ab-intestato el día 17 de Noviembre del 2007, conforme acta de defunción expedida por el   Registrador civil  de la Parroquia Juan de Villegas del Municipio Iribarren del estado Lara, anotada bajo el Nº 779, de los Libros de Registro Civil de Defunciones llevado durante el año 2007. Admitida a sustanciación en fecha 11 de Noviembre del 2008, se dispuso la expedición de la respectiva declaratoria, previa declaración de los respectivos testigos.
 Este Tribunal para decidir observa:
 UNICO:
 
 Con vista  de los documentos que constan en autos como son el acta de defunción del ciudadano GIL FERNANDO FRANCO, quien falleció ab-intestato el día 17 de Noviembre del 2007, conforme acta de defunción expedida por  el   Registrador civil  de la Parroquia Juan de Villegas de el Municipio Iribarren del Estado Lara, anotada bajo el Nº 779, de los Libros de Registro Civil de Defunciones llevado durante el año 2007,  la partida de nacimiento de , MARIA ISABEL FRANCO ALVAREZ, CARMEN ALICIA FRANCO ALVAREZ, GIL FERNANDO FRANCO ALVAREZ, ENMA YOSIMAR FRANCO GOMEZ, YADEIBIS ELIANA FRANCO GOMEZ, YONNY DE JESUS FRANCO GOMEZ, JOHAN ENRIQUE FRANCO GOMEZ, JOHANA ELISMAR FRANCO GOMEZ, YOINER ALEXANDER FRANCO GOMEZ, IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD  CON EL ARTICULO 65 DE LA LEY ORGANICA PARA LA PROTECCION DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES, las cuales se aprecian en todo su valor probatorio, conforme a los artículos 1359 y 1360 del Código Civil, y considerando las declaraciones de los  ciudadanos JOHAN MANRIQUE ORTIZ CARDERO Y NANCY DANNY LOPEZ TORRES, mayores de edad, de este domicilio, titulares de las Cédula de Identidad Nº 13.922.534 y 13.035.632, respectivamente, quienes están contestes en afirmar que los hechos narrados en la solicitud son ciertos, se aprecian como idóneos conforme el artículo 508 del Código de Procedimiento Civil. El doce de Agosto del dos mil diez se avoco al conocimiento de la presente causa la Abg. ALIDA M. VILLASANA DE ANDUEZA, se libro edicto y se acordó oír a los beneficiarios de autos. El 18 de Octubre se dejo constancia que no comparecieron los beneficiarios para ser oídos.
 En consecuencia concordados los elementos probatorios analizados, DEJANDO A SALVO LOS DERECHOS DE TERCEROS, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, conforme a lo previsto en los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil y 177 Parágrafo Segundo, literal “d” de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del  adolescente, declara  a los , MARIA ISABEL FRANCO ALVAREZ, CARMEN ALICIA FRANCO ALVAREZ, GIL FERNANDO FRANCO ALVAREZ, ENMA YOSIMAR FRANCO GOMEZ, YADEIBIS ELIANA FRANCO GOMEZ, YONNY DE JESUS FRANCO GOMEZ, JOHAN ENRIQUE FRANCO GOMEZ, JOHANA ELISMAR FRANCO GOMEZ, YOINER ALEXANDER FRANCO GOMEZ, IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD  CON EL ARTICULO 65 DE LA LEY ORGANICA PARA LA PROTECCION DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES, ya identificados UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, de quien en vida respondía al nombre de  GIL FERNANDO FRANCO.
 
 Hágase entrega de los originales a la parte interesada y déjese constancia en el Libro Diario.
 Dada, firmada y sellada en el Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial de Protección del Niño, Niña y Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, con sede en Barquisimeto, a los 16 días de Marzo de 2011. Años: 200° y 151°.
 
 La Juez Primera de Mediación y Sustanciación
 Abg. Alida Villasana de Andueza
 
 La Secretaria
 En esta misma fecha se registro bajo el Nº 660 -2.011, siendo las 03:30 p.m.
 
 La Secretaria.
 
 
 AVdeA/robersi-
 
 
 
 
 
 
 |